Iniciativa de nueva Ley de Aguas Nacionales llega al senado para su análisis, discusión, y posible aprobación

by Juan Campoy

La tarde del martes 26 de abril llegó y se selló de recibido a las 4:42 Pm en el Senado de la Republica un documento dirigido a la Senadora Olga Sánchez Cordero Dávila, Presidente de la Mesa Directiva, en la cual le pide siguiente:

Distinguida Presidenta

Sirva la presente para solicitar a usted tenga a bien incorporar en el orden del día de la Sesión Ordinaria del Senado de la Republica a celebrarse el 27 de abril de 2022, la iniciativa con Proyecto por el que se expide la Ley General de Aguas Nacionales que abroga la Ley de Aguas Nacionales.

Sin otro particular, agradeciendo al atención que brinde a la presente, aprovecho la ocasión para enviarle un cordila saludo.

La carta fue dirigida por la senador del Estado de Veracruz Gloria Sánchez Hernández.

Este medio hizo contacto con el senador sinaloense Mario Zamora Gastélum quien ya tenía conocimiento del hecho y aunque asentó que hoy cierre el periodo legislativo, estarían muy alertas.

Sin embargo, considera que este es un intento de avanzar en el tema, poder retomarlo en el mes de septiembre próximo y de ser posible tratar de sacarlo antes que concluya el año 2022.

En la reciente reunión de trabajo desarrollada por el pleno del Consejo Nacional Agropecuario que preside Juan Cortina Gallardo en el estado de Aguascalientes, el asesor del CNA en temas hídricos, el Ing. Jorge Luis López; entregó un detallado análisis de lo que implica esta nueva propuesta de ley que llega al senado.

Análisis ejecutivo de lo que hoy se denomina como “INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE EXPIDE LA LEY GENERAL DE AGUAS QUE ABROGA LA LEY DE AGUAS NACIONALES” que nuevamente se presenta en el Senado de la República.

 Análisis ejecutivo de lo que hoy se denomina como “INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE EXPIDE LA LEY GENERAL DE AGUAS QUE ABROGA LA LEY DE AGUAS NACIONALES” que nuevamente se presenta en el Senado de la Republica

La iniciativa es fundamentalmente la misma que se presentó a la Cámara de Diputados en la pasada legislatura y turnada a la Comisión de Recursos Hidráulicos, que, previo a una amplia consulta nacional y a un profundo análisis interno no fue aprobada por la Comisión, siendo así como a finales de 2021 se presenta al Senado de la Republica con el nombre de “PROPUESTA DE PROYECTO DE DICTAMEN Y ARTICULADO LEY GENERAL DE AGUAS”; en paralelo, una vez más  fue turnada a la Comisión de Recursos Hidráulicos de los Diputados, donde se encuentra en análisis. En tal sentido, las principales amenazas de  esta última iniciativa son las mismas que se han discutido ampliamente y entre las que destacan:

1.       Presenta múltiples y muy delicados preceptos anticonstitucionales, tales como: vulnera sistemáticamente los actuales derechos constitucionales de los mexicanos para el uso y aprovechamiento de las aguas nacionales; el objeto de la iniciativa ignora y en consecuencia supedita el uso del agua como insumo fundamental para la atención del derecho constitucional a la alimentación, y si bien lo expresa en uno de sus objetivos, sistemáticamente supedita en el texto el derecho a la alimentación; afecta las actuales facultades constitucionales exclusivas del Ejecutivo Federal para la gestión de las aguas, supeditándolas a otros órdenes de gobierno al abrogar una Ley Federal y pretender sustituirla por una Ley General; contrapone derechos entre los connacionales, cuando todos los mexicanos disponemos de los mismos derechos; trastoca preceptos contenidos en Tratados Internacionales; constitucionalmente la única forma de aprovechar las aguas nacionales es mediante un título de concesión, lo cual se pretende violentar mediante múltiples excepciones, etc.

2.       Se aprecia que no se valora los antecedentes históricos en los que se forjó nuestro marco jurídico del agua y su valiosa aportación a nuestra actual gobernanza del recurso, y al proponer abrogar la  Ley de Aguas Nacionales vigente, sin ponderar las implicaciones sociales e institucionales de su desarrollo, sin proponer opciones sustitutas de preceptos fundamentales para la gestión del recurso hídrico hoy contenidos en la actual Ley, da pie a un colapso en la compleja gestión del agua que  enfrenta nuestro país, con consecuencias impredecibles.

3.       Distorsiona la actual obligación constitucional de emitir una Ley General de aguas.

4.      Establece una nueva estructura funcional del gobierno al margen de la actual Ley Orgánico de la Administración Pública y trastoca sistemáticamente otras Leyes federales, y al derogar todo lo que se le oponga, da pie a frecuentes contradicciones con la actual organización gubernamental y a delicadas confusiones en el marco jurídico. Plantea nuevas disposiciones legales, que más allá de contener buenas intenciones, están lejos de ser viables o de aplicación práctica y es exageradamente reiterativa en los preceptos, generando una Ley obesa. Genera una nueva estructura de participación de la sociedad, sin considerar la ya existente y que ha implicado años para su implementación, cuando lo conducente es solo mejorar la que tenemos.

5.      Dispone, sin precisar, la obligación de pagar nuevos impuestos por el uso del agua, lo que evidentemente resulta delicado e inflacionario.

 

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