Después de haberse hecho oficial el anuncio por parte del gobernador constitucional del estado de Sinaloa, Dr. Rubén Rocha Moya de que a partir del 1 de junio quedaba cancelada la cuota ejidal o Cuota Liga que se descontaba a los productores agrícolas en su boleta de liquidación en los centros de acopio donde entregan sus cosechas, a partir de este miércoles 1 de junio entrará en vigor esta adecuación.
Para ello el SATES emitió un boletín dedicado a los centros de acopio de granos en el estado para que se aplique a partir de la fecha señalada.
Cabe resaltar que fue únicamente la cuota ejidal la que fue cancelada, quedando sin efecto su descuento a los productores del sector social. En cambio los descuentos que se realizan a los productores del sector particular como son cuota Caades y Pequeña Propiedad siguen tal y como estaban.
Es importante resaltar que tampoco se elimina la cuota Fundación Produce Sinaloa, la cual está justificada su destino aseguró el mismo mandatario estatal. Esta cuota se aplica tanto a productores del sector social como particular, de igual forma la cuota Pro Educación y el impuesto Predial Rustico como tal.
Les compartimos el boletín informativo emitido por el gobierno del estado a través del SATES (Servicio de Administración Tributaria del Estado de Sinaloa)
A QUIEN CORRESPONDA,-
PRESENTE.
Por instrucciones superiores, y con fundamento en el artículo 9 fracción V, 21 fracciones I, V y XXI de la Ley del Servicio de Administración Tributaria del Estado de Sinaloa (SATES), 3 apartado B, fracción VI, 10 fracciones I y XV, 11 fracciones I y XXX y 24 del Reglamento Interior del SATES, se solicita de la manera más atenta que a partir del día 1ro de junio del año en curso, se deje de retener la Cuota Ejidal (Cuota Liga) a los productores agrícolas ejidatarios en el estado, toda vez que el Gobierno del Estado de Sinaloa da por finalizado el convenio de retención que se tenía celebrado con la Liga de Comunidades Agrarias y Sindicatos Campesinos.
Lo anterior, sin perjuicio de seguir recaudando lo correspondiente al 1.0% de valor de la producción anual comercializada, por concepto del Impuesto Predial Rústico Municipal más un 10% Adicional, Pro-Asistencia Social y/o Deportes (Art. 30, 31, 105 Fracc. Il Ley de Hacienda Municipal), Asimismo, se solicita continúen reteniendo las siguientes cuotas voluntarias:
CUOTA CAADES Equivale al 35% del Impuesto Principal y es aportada por los Pequeños Propietarios Agremiados a la CAADES Sinaloa, con excepción de los productores de Culiacán y Navolato.
CUOTA FUNDACIÓN PRODUCE Equivale a la sexta parte del Impuesto Principal y la aportan los Ejidatarios y Pequeños Propietarios.
CUOTA PEQUEÑA PROPIEDAD Equivale al 7% del Iras esto Predial y es aportada por los Pequeños Propietarios Agremiados a la Federación de la Propietarios Rurales.
La cuota Granos y Perennes solo la pagan los pequeños propietarios de Culiacán y Navolato y equivale al 35% del Impuesto Principal.
ATENTAMENTE
EL DIRECTOR DE ATENCION Y ENLACE DEL SATES,
Lic. Héctor Eduardo López Ceballos